El curso introducirá al participante en aspectos fundamentales sobre herramientas de análisis y métodos para la elaboración de un diagnóstico comunitario. El curso se orienta en la comprensión de conceptos fundamentales sobre comunidad, territorio, organización comunitaria como parte esencial de los elementos que incorpora un diagnóstico comunitario.
Esta herramienta se orienta a transformar la realidad del territorio a partir de identificar las dinámicas y problemáticas sociales que atraviesan los diferentes actores sociales. Contribuye al reconocimiento de los ejes qué se deben priorizar en la ejecución de un plan de acción, así como comprender la realidad contextual de cada territorio y sus necesidades.
Con el fin de construir una propuesta de mejora para el bienestar socio comunitario y fortalecer procesos de organización interna.
Proporciona al participante bases teóricos y herramientas metodológicas para la elaboración de un diagnóstico a nivel participativo y comunitario. Además, brinda métodos e instrumentos de recolección de información en campo para el análisis situacional del diagnóstico comunitario.
El curso incluye sesiones teóricas y la revisión de casos de estudio particulares con base en lecturas.

México es un lugar privilegiado ya que la riqueza natural con que cuenta es muy grande y muy diversa, tiene: selvas, bosques, costas, desiertos, montañas, ríos, lagos, lagunas, pero se puede ver como con el paso del tiempo se han ido destruyendo, diariamente se arrasan grandes cantidades de bosques o se cazan ilegalmente animales, algunos en peligro de extinción, no se tiene ningún respeto por la naturaleza, esta destrucción es normalmente con fines comerciales.
Teniendo en cuenta que el cuidado de la naturaleza es obligación de todas las personas y que una gran cantidad de productos naturales pueden ser aprovechados sin destruir el medio ambiente.
La Ley General de Vida Silvestre (LGVS), establece las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA), que permite a los poseedores de predios aprovechar de forma sustentable los recursos con que cuente, esta Ley en su artículo 3° hace una clasificación de las UMA de acuerdo a las actividades que realicen encaminadas a la conservación de la vida silvestre, por la forma en que manejan a las especies pueden ser extensivas e intensivas, en las extensivas los animales viven libremente y las plantas crecen de manera natural sin intervención del hombre, en las intensivas las especies viven en cautiverio o confinadas en instalaciones apropiadas.
Considerando su aprovechamiento pueden ser: extractivas, en las que se aprovechan los ejemplares silvestres y sus derivados mediante la caza o extracción de su hábitat natural; no extractivas, todas las actividades relacionadas con los ejemplares son realizados en su hábitat natural, como el ecoturismo, la fotografía y la educación ambiental.
Las tendencias actuales de los mercados nacionales e internacionales exigen la obtención de productos alimenticios inocuos y de calidad que a su vez generen beneficios ambientales y sean sustentables.
Por sus beneficios la apicultura es una actividad que beneficia y aporta el medio ambiente, los apicultores e iniciadores en la apicultura deben implementar las buenas prácticas en sus labores apícolas diarias, para poder ofrecer productos de la colmena que los consumidores exigen.
Las buenas prácticas aplicadas a la apicultura es una herramienta indispensable en el camino de la implementación de sistemas de aseguramiento de la calidad.

Los residuos que generamos son un reflejo de las formas de producción y consumo de las sociedades en que vivimos, por lo cual su gestión debe adecuarse a los cambios que se producen en ambos procesos.
Como resultado de la globalización, de la economía y del comercio, prácticamente todos los países están viendo cambiar la composición y el volumen de sus residuos, en particular México, que es uno de los que más tratados comerciales internacionales ha firmado en la consecuente apertura comercial.
La visión mundial acerca de la gestión de los residuos también ha cambiado y se ha visto influida por la adopción de convenios ambientales internacionales en la materia o aspectos relacionados con su manejo, como el Convenio de Basilea, el Convenio de Estocolmo y el Convenio de Cambio Climático, de la Organización de las Naciones Unidas.
Dichos Convenios promueven la prevención de la generación de residuos, su aprovechamiento a través de su reutilización, reciclado o recuperación de su poder calorífico de manera ambientalmente adecuada, para limitar al máximo el volumen de los que se destinan a confinamiento, así como la liberación de contaminantes orgánicos persistentes o de gases con efecto de invernadero durante su manejo, a fin de prevenir riesgos al ambiente y a la salud y de no dejar pasivos ambientales a las generaciones futuras.
Estas circunstancias demandan una verdadera revolución en la enseñanza, el desarrollo de tecnologías, la administración, los servicios y los mercados de materiales secundarios, relacionados con la generación y manejo integral de los residuos, lo cual hace necesario el establecimiento y operación efectiva de redes de intercambio de información, experiencias y conocimientos, así como una gran plasticidad de los sistemas de gestión de los residuos.

La legislación ambiental mexicana es relativamente joven. La LGEEPA se publica en 1988 y partir de esa fecha se ha modificado en concordancia con los cambios en la Ley de la Administración Pública, con las necesidades de ampliar, profundizar y hacer más eficiente las acciones en materia de protección ambiental y con el objetivo de reforzar el proceso de federalización a través de la descentralización de las funciones de la administración pública.
En el presente curso abordaremos los temas centrales de la legislación ambiental mexicana partiendo desde los antecedentes de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, hasta las leyes más recientes que se han creado para proteger el medio ambiente y los recursos naturales de México.

En México existen diferentes instrumentos jurídicos y administrativos para hacer efectiva la política ambiental y contribuir a la conservación del ambiente y garantizar los derechos constitucionales relacionados con el éste. Uno de estos instrumentos es la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), prevista en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; ésta última la define como “El documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.”
Mientras que la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. La Manifestación de Impacto Ambiental es un instrumento de carácter técnico y preventivo, pero que solo es obligatorio para algunas actividades previstas en la propia Ley y que es visto como un trámite por algunos sectores de la sociedad.

Redes sociales